Respetado señor Subdirector , respetuosamente solicito una reunión conforme a Ley del Lobby, con el objeto de plantear problema de Ex 1623, de 08.11.2022, de la Denuncia de Aduana de Valparaíso, cliente MUNSAC SPA.
TEMAS TRATADOS
El interesado señala su apreciación de los hechos a que se refiere la resolución Ex 1623 de 08.11.2022, estimando que el caso debió haberse resuelto en la Aduana y que no se trataría de un delito sino sólo de una infracción, no habiendo antecedentes para afirmar que hay un contrabando, dado los documentos del despacho (certificado de origen, declaración jurada simple packing list), donde había mención de las mercancías en cuestión (partes o piezas). Agrega que aparte de los scooter no había otras partes y piezas y en los documentos había referencia a las partes y piezas. Por lo anterior, entiende que se daría la hipótesis para un recurso extraordinario de reposición. El error fue no separar los scooter y partes y piezas. Se informa que hay un recurso pendiente y será revisado, y que el objetivo de la audiencia no es resolutivo. |