Audiencias - Año 2021 - Rodolfo Valenzuela Sepúlveda - Audiencia AE007AW1001428

Información General
Identificador AE007AW1001428
Fecha 2021-09-06 15:00:00
Forma Presencial
Lugar Av. Costanera del Estrecho 1314, Edificio de Aduana Punta Arenas, segundo piso, oficina Director Regional
Duración 1 horas, 0 minutos
Asistentes
Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Daniel Johnson Gestor de intereses placeres recursos mineros daniel johnson
Constanza Contreras
Materias tratadas
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.
Especificación materia tratada
planificar el traslado del oro a quintero
Se vuelve a publicar audiencia, debido problemas en la plataforma. (Se hace presente que esta Audiencia se había pubñicado en el mes de septiembre)

Temas tratados:
operación de salida del “oro” proveniente de la Zona abarcada por el art. 1º de la ley 18.392 hacia el resto del país (no ZFE).

2. operativa en relación a las funciones y obligaciones del Servicio.

3. Para el beneficio que impetra la empresa, es obligación del Servicio certificar la salida efectiva de la zona preferencial con destino al resto del país (no ZFE) de las mercancías que se declaran como beneficiarias, para lo cual, y en consideración a que la intención del usuario es transportarla por vía aérea, debe ser debidamente manifestada como carga, por permitir con esto asegurar la trazabilidad de la salida efectiva.

4. Se indicó que en ese sentido, además de la salida que se verifica en Porvenir, hay un segundo paso que verificar en el aeropuerto.

5. El DR le recordó que existe un procedimiento acordado con TGR y el SII para efectos de la factura en relación a la nota de crédito, procedimiento especial atendida la naturaleza de la mercancías.

6. En relación al transporte aéreo de “oro”, se hizo presente que hay otros organismos cuyas funciones y facultades deben considerarse, como por ejemplo las exigencias que DGAC pudiera establecer de ser considerado un transporte de valores conforme a la normativa vigente, o incluso los requisitos que la empresa de transporte aéreo pudiese exigir, lo cual escapa a las funciones del SNA, sugiriendo realizar las consultas respectivas.