Audiencias - Año 2023 - Roberto Reveco Díaz - Audiencia AD022AW1431938
Información General
Identificador | AD022AW1431938 |
Fecha | 2023-11-07 10:00:00 |
Forma | Videoconferencia |
Lugar | TEAMS ________________________________________________________________________________ Reunión de Microsoft Teams Únase a través de su ordenador, aplicación móvil o dispositivo de sala Haga clic aquí para unirse a la reunión ID de la reunión: 242 58 |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Patricio Valenzuela | Gestor de intereses | PATRICIO VALENZUELA |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Plantear preocupaciones con motivo de la tramitación del Decreto Supremo 32 de 2023, nuevo reglamento de la ley de control de armas, a objeto que puedan ser tenidas a la vista y, eventualmente, consideradas en el nuevo texto de ese decreto que será reingresado a Contraloría subsanando las observaciones manifestadas por este último organismo. ----------------------------------------------------------------------------------- Asistentes: - Patricio Valenzuela. - Roberto Reveco. El señor Patricio Valenzuela, se presenta como deportista en tiro con fusil a larga distancia y desea conocer el estado de tramitación del Reglamento de la Ley N°17.798 sobre Control de Armas, ya que el proyecto que conoció por el ingreso del texto a la Contraloría General de la República, a su juicio contemplaba regulaciones complejas de cumplir. En el sentido indicado manifiesta que ello ocurre con la exigencia de patente municipal y título de uso del inmueble para los polígonos. Explica que en la modalidad deportiva que practica, ocupan un sector de un predio rural que reúna las condiciones de seguridad y el cual es cedido gratuitamente por su propietario. La modalidad deportiva es la que determina las características del lugar y del polígono. La Asociación de Tiro a Larga Distancia, debió suspender una competencia en el mes de octubre la que se desarrollaría en Tongoy, Región de Coquimbo, por estas exigencias. A su juicio los municipios no están en condiciones de otorgar autorizaciones, porque no tienen las capacidades técnicas. Debiera exigirse la autorización de la Federación a la cual está afiliado el club. Por otra parte, manifiesta su preocupación por la restricción en materia de transporte y almacenamiento de munición. A su juicio las armerías deberían tener una mayor capacidad de almacenamiento, ya que ello perjudica a los deportistas que no son calificados, ya que estos últimos pueden recargar sus municiones por si mismos. Eso trae como consecuencia que los deportistas no calificados no puedan comprar grandes cantidades de munición a un mejor precio. Lo mismo ocurre con el stock de armas de fuego que no es muy variado y la importación para palear ello es muy cara. Se hace presente al solicitante que el reglamento en estudio está limitado a implementar las modificaciones legales de las leyes N°20.813 y N°21.412, de modo que ya no se trata de un nuevo reglamento, sino que de una modificación del vigente. Todas las restantes modificaciones serán materia de un estudio posterior en el cual se harán las consultas a las Federaciones respectivas. |