Audiencias - Año 2022 - Erick Layana - Audiencia AD022AW1110281
Información General
Identificador | AD022AW1110281 |
Fecha | 2022-05-10 00:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Zenteno 45 |
Duración | 1 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Luis Flores | Gestor de intereses | NO APLICA | Luis Flores Calderón |
Juan Chacón | Gestor de intereses | Juan Chacón Ibaceta |
Materias tratadas
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Especificación materia tratada
Solicita respetuosamente a la Sra., Ministra de la Defensa Nacional una audiencia en vista a los antecedentes expuestos y presentados al Sr., Ministro de Defensa Nacional Saliente, más los nuevos antecedentes que ha reunido el suscrito, solicita lo reciba personalmente, para poder dar a conocer la situación que sus diversos mandos e instituciones no quisieron tomar en cuenta y poder haber solucionado todas las faltas administrativas las cuales le han causado daño en todos los aspectos por lo que respetuosamente solicita. 1. Se restituyan los salarios no recibidos a consecuencia de las faltas administrativas de las diferentes instituciones evidenciadas en donde se le llama a retiro sin comprobar las actuaciones ya descritas, y reparar el daño causado por el Ejército de Chile, desde que dispuso la resolución COP I/1 (P) N° 1615/1686/5109 del 10 de junio de 2020 a la actualidad. 2. Se determine una nueva resolución de retiro de la Institución teniendo en consideración que la fecha que dispuso la resolución COP I/1 (P) N° 1615/1686/5109 del 10 de junio de 2020, era imposible llevar a cabo porque no se había dejado sin efecto la resolución SS.FF.AA. N° 3248 de 15 Diciembre 2016, que lo llamo a retiro, la que fue dejada sin efecto timbrada como tramitada totalmente el 12 de Febrero 2021. 3. Que su expediente de retiro y sus modificaciones a su I.S.A., se tramiten directamente en el Comando General de Personal en Santiago y se le soliciten los antecedentes necesarios para su expediente de retiro mediante correo electrónico (juanchacon@vishua.cl), o acudiendo personalmente a la División de Personal en Santiago. 4. Se restituyan los pagos de Capredena a la MUTUALIDAD DEL EJERCITO Y AVIACIÓN desde que fuera reintegrado al servicio activo. 5. Reparación de daño físico, psíquico, moral y económico del suscrito, cargas familiares y familia desde el año 2006 a la fecha. 6. Se emane pronunciamiento, con la finalidad que se logre el esclarecimiento definitivo de la manipulación de documentos legalmente autenticados por Ministro de fe pública y Oficial de Personal autorizado, no importando si se persiguen o no a los culpables, simplemente se le devuelva en parte el honor y se establezca de una vez por todas la verdad y que el suscrito siempre obro ajustado a derecho y conforme a la legislación vigente y que la documentación presentada son verídicos y no fueron tomados en cuenta. 7. Modificar la hoja de vida funcionaria, no debe aparecer en lista 2, ya que no debió ser calificado por estar enfermo. 8. Reapertura de su ISA, y desestimar cierre mediante la resolución emitida por una Comisión de Sanidad Divisionaria y se disponga un nuevo cierre de la misma con la incorporación a la ISA., resolución RA 2 FISC ADM (R) Nº 1585/22266 de 04.DIC.2017., porque en su cierre no incluyó “resolución de la Comisión de Sanidad del Ejército, del Informe N° 282/2019 de la Comisión de Sanidad del Ejército de fecha 26.MAR.2019 de acuerdo a la REF.: RAO-02102 “Comisiones de Sanidad del Ejército”, la cual correspondía legalmente para su cierre ajustado a derecho. 9. Se pronuncie al respecto de una compensación en grado jerárquico y económico. 10. Reparación de daño físico, psíquico, moral y económico del suscrito, cargas y familia desde el año 2006, debido al endeudamiento a conciencia de no percibir sus haberes por situaciones ajenas derivadas de faltas administrativas de las diversas instituciones por no tener trazabilidad de la información. 11. Se solicita a la Sra., Ministra de la Defensa Nacional, en su calidad de superior jerárquica del Ejército de Chile, disponga sea recibido por el Comandante en Jefe del Ejército de Chile y Comandante del Comando General de Personal en audiencia para explicar lo que ningún mando institucional a evidenciado pese a que tuvieron toda la documentación a la vista. 12. Se soliciten y cotejen la documentación enviada a la Fiscalía Militar Letrada de Valdivia, documentación que el suscrito solicito copia autenticada con fecha 07 de Marzo de 2022, de la causa rol N° 893-2014, documentación enviada por el Cdte del Regimiento de Artillería N° 2 “Maturana”, para ser presentada en una futura presentación o apelación a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, documentación (copia autenticada), ya en poder del suscrito, en donde el caso se cerró solo con la declaración de los afectados que no reconocieron el hecho y no se efectuaron trazabilidad de la información no se realizaron pericias caligráficas para dilucidar la veracidad de la información y documentación presentada entre otras pericias. 13. Se solicita tener en cuenta que al suscrito se le ha hecho muy difícil mantener una calidad de vida aceptable a consecuencia de su discapacidad a consecuencia de enfermedad invalidante de carácter permanente (FIBROMIALGIA), gatillada a consecuencia de los malos tratos de sus superiores jerárquicos, en donde los altos costos de su tratamiento el cual lo ha llevado a un endeudamiento familiar que se ha tornado insostenible al día de hoy. Y los prestamos adquiridos solo le alcanzaran para no más de 60 días más., en donde se quedará sin tratamiento y con muchas deudas. 14. Los antecedentes de respaldo a la citada solicitud de audiencia se enviarán por correo electrónico al Sr. Francisco Astudillo, Jefe de Gabinete de la Sra. Ministra de Defensa. ES JUSTICIA JUAN CARLOS CHACÓN IBACETA Suboficial de Ejército (R) (A.A) Ingeniero en Prevención de Riesgos --------------------------------------------------------- NOTA DAI: La audiencia se limitó exclusivamente a tratar las circunstancias de su baja y la no tramitación de su pensión de retiro. El interesado se comprometió a enviar antecedentes de procesos judiciales pendientes y la división a estudiar el caso y revisar eventuales soluciones. |