Audiencias - Año 2024 - Carlos Órdenes - Audiencia AD007AW1560389
Información General
Identificador | AD007AW1560389 |
Fecha | 2024-05-06 11:00:00 |
Forma | Presencial |
Lugar | Almirante Señoret N° 47,Valparaíso |
Duración | 0 horas, 30 minutos |
Asistentes
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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MARIO RUBILAR | Lobbista | AGROSUPER | |
GERARDO DONOSO | Lobbista | agrosuper | |
Nanya Videla | Lobbista | AGROSUPER | |
CARLOS PARRA | Lobbista | agrosuper | |
JOHAN PEÑA GAETE | |||
Felipe Serón | |||
MARIO GAJARDO | |||
Daniela Weber Garnham | |||
María San cristóbal | |||
Catherine Aleuy | |||
Marcela Muñoz López | |||
Daniela Palma Cid |
Materias tratadas
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Especificación materia tratada
ANTECEDENTES Con fecha NOV 02, se envía carta a proveedor por atraso en entregas ORCOM por pollo pechuga, lomo de cerdo, papas prefritas y primavera. Agrosuper dentro del plazo establecido, envía carta de descargos para análisis junta económica de la Dirección de Abastecimiento. De acuerdo a resolución S.D.AB.A. ORD N° 4193/171/112 VRS., de fecha ENE 26, se acogen parcialmente los descargos, rebajandose el monto de la multa de acuerdo a justificación entregada por la empresa. Con fecha ENE 31 y dentro del plazo establecido, proveedor interpone recurso de reposición en contra de la mencionada resolución, señalando fuerza mayor, producida como consecuencia del brote de influenza aviar, presentando el primer caso en marzo del año 2023, afectando granjas reproductoras y de engorda, procediéndose a la eliminación de aves. Lo anterior, afectó capacidad de cumplir obligaciones contractuales con la Armada. De acuerdo a resolución S.D.AB. ORD N°4193/171/281 VRS de fecha MAR 14, se rechaza el recurso de reposición interpuesto por la empresa Agrosuper, lo anterior, en aplicaciónes del articulo 1547 del Código Civil donde se advierte que el proveedor se encontraba constituido en mora antes, durante y despues de la causa de fuerza mayor (Gripe aviar) que invocó, por lo que de acuerdo a la misma norma se hace responsable de la fuerza mayor, soporta sus efectos y no puede invocarla como eximente. Se rechaza el recurso de reposición y se procede al cobro de la multa. REUNIÓN En base a los antecedentes antes mencionados, Gerardo Donoso, encargado área comercial foodservice, junto a Nanya Videla, encargada mercado público empresa y Mario Jefe Zona, indican motivos por los cuales productos en ORCOM no se entregaron en los plazos establecidos, producto de la gripe aviar, indicando que con fecha MAR 12, 2023, tomaron las muestras en la granja, saliendo positivos a la gripe aviar, hecho imprevisto que afectó la capacidad para cumplir con las obligaciones contractuales. Que personal de la Dirección de Abastecimiento, reitera a los representantes de la empresa, causal de rechazo recursos de reposición, manteniendo postura. |