Audiencias - Año 2024 - Gonzalo Martínez
En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2024-03-19 10:00:00 | AD006AW1532945 | Gestor de intereses | Rafael Harvey | CB1º YERITZA LINCOPI LARENAS | Participantes: Crl Gonzalo Martínez Medel Cap. Melanie Delanoe Reyes ( Oficial de Personal) ECP Macarena Mandiola (asistente Social) CB1. Yeritza Lincopi Larenas Sr. Rafael Harvey Valdés. Materia: Se presentó por parte del Sr. Rafael Harvey, abogado de la CB1º YERITZA LINCOPI LARENAS, la situación personal que la afecta y derivado de ella, la necesidad de tramitar una destinación desde la Guarnición de Victoria a la Guarnición de Temuco, junto con realizar la solicitud de asignación de una VV.FF. en esa ciudad. Resultado de lo solicitado en la Audiencia Se le comunicó al abogado representante de la CB1 Lincopi, que ya se contaba con los antecedentes que la afectaban y se le había orientado a que iniciara los tramites reglamentarios para solicitar su destinación por vía de la excepción y que, a pesar de ello, los trámites no se habían iniciado por ella. Se manifestó al Abogado, que la CB1 Lincopi ya había sido recientemente destinada desde la guarnición de Iquique hacia la ciudad de Victoria, en atención a la solicitud presentada por esta última en 2023 y que derivado de ello, la nueva solicitud de destinación, esta vez por vía de la excepción, a solo tres semanas de presentarse en la Guarnición de Victoria, debía ser realizada por la clase a través de los protocolos y conductos regulares establecidos por la Institución, la que sería tramitada al escalón superior para su evaluación. Respecto a la solicitud de asignación de Vivienda Fiscal, se le comunica al abogado que su representada no había presentado ninguna solicitud de asignación de vivienda en la guarnición de Victoria y que ese trámite, al igual que lo anterior, lo debía hacer la solicitante por la vía reglamentaria. De igual forma, se le manifestó que no era viable de acuerdo a los procedimientos y reglamentación institucional, que actualmente se le asignara una Vivienda Fiscal en la Guarnición de Temuco, ya que su lugar de trabajo es la ciudad de Victoria. Se le señala que la Cabo Primero Lincopi una vez fuera destinada a dicha ciudad, en caso que se cursara su destinación por la Institución, debía solicitar la asignación de Vivienda, y que sería la Macro Zona de Bienestar Valdivia, quien resuelva ello. Finalmente, se acuerda por las partes, que es la Cabo Primero Lincopi quien debe realizar los trámites reglamentarios personalmente y de manera diligente, a fin que sus solicitudes puedan ser evaluadas y de estimarse, acogidas en mérito. |
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